Opinión
Reos miembros del Comité de Presos Políticos de El Salvador (COPPES) organizan una huelga de hambre en 1986 en las instalaciones del Penal La Esperanza conocido como Mariona. Foto: Luis Galdámez
A 31 años de los acuerdos de 1992:
Rolando González *
Enero 13, 2023
1. El escenario previo a la firma de los acuerdos.
La década 1970-1980 de agudización política, social y económica, antecedió la guerra civil que duró alrededor 12 años y tuvo cierre con la firma de los Acuerdos políticos de Paz en el castillo de Chapultepec, México; el 16 de enero de 1992.[1]
El conflicto armado en El Salvador entre el Gobierno salvadoreño —Fuerza Armada (FAES) y el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN)— había llegado en 1989 a un punto de no solución militar a pesar del enorme apoyo económico, político y militar de los gobiernos de Estados Unidos. A esto se agregó el agotamiento de la sociedad civil por una larga y desgastante guerra, el cambiante escenario internacional del conflicto Este-Oeste y el decisivo papel mediador de la Organización de Naciones Unidas (ONU).[2]
El proceso de conversaciones iniciado en 1984 en La Palma, Chalatenango y los acuerdos parciales obtenidos en 21 jornadas de negociación política entre 1990 y 1991, realizadas en Costa Rica, Venezuela, México y Estados Unidos, establecieron el marco en el acuerdo de Ginebra del 4 de abril de 1990 y señaló cuatro objetivos del proceso de negociación:
1) Terminar el conflicto armado por la vía política;
2) Impulsar la democratización del país;
3) Garantizar el irrestricto respeto a los derechos humanos;
4) Reunificar a la sociedad salvadoreña.
Las cifras que organismos de derechos humanos y prensa, mencionan como resultado del conflicto son: 80 000 muertes, 10 000 desapariciones forzadas, más de 2 000 presos políticos, decenas de miles de refugiados internos y en el exterior, y una emigración forzada e indocumentada, sobre todo hacia Estados Unidos, superior a 1 250 000 personas.[3]
Datos de Anexo II del Informe de la Comisión de la Verdad. Ilustración: Rolando González
2. Efectos inmediatos
Los acuerdos de paz, constituidos fundamentalmente por nueve capítulos establecieron medidas en diferentes temas importantes para establecer “una paz firme y duradera” en el país:
Capítulo I: La Fuerza Armada.
Capítulo II: Creación de la Policía Nacional Civil (PNC).
Capítulo III: Sistema Judicial.
Capítulo IV: Sistema Electoral.
Capítulo V: En lo económico y social.
Capítulo VI: Participación Política del FMLN.
Capítulo VII: Cese del enfrentamiento armado.
Capítulo VIII: Verificación por Las Naciones Unidas.
Capítulo IX: Calendario de ejecución.
En las negociaciones ambas partes acordaron establecer una Misión de observadores de Naciones Unidas para El Salvador (ONUSAL), que inició funciones entre julio-agosto de 1991, para vigilancia de los derechos humanos y después en una segunda fase, para verificar el cumplimiento del calendario de ejecución a partir del llamado “Día D” (16 enero 1992). Hubo momentos críticos en el cumplimiento y se prolongó hasta diciembre de 1992.
La sociedad salvadoreña, la población en general comenzó a desarrollar sus actividades sociales y económicas aprovechando el espacio, intentando adaptarse al nuevo escenario de NO conflicto, pero aún muy lejos de una paz verdadera.
Se generó esperanza en el tejido social, familiar, roto y desintegrado por efecto del conflicto armado. Y no se puso atención al efecto post traumático —que aún está sin haber sido tratado ni procesado— en las familias y sociedad salvadoreña: esta situación ha sido y sigue siendo determinante en la conducta de la vida política del país.
Hubo un sector que no apareció directamente en los nueve capítulos de los acuerdos que inició un largo camino de búsqueda y reivindicación de derechos: las víctimas del conflicto armado por crímenes “contra la humanidad” o delitos de “lesa humanidad”, investigados por la Comisión de la Verdad, para “la superación de la impunidad”.
Datos de Anexo II del Informe de la Comisión de la Verdad. Ilustración: Rolando González
3. El deterioro intencionado de los acuerdos afectó a las víctimas
La expectativa positiva de las personas por reconstruir algo nuevo en el ámbito nacional, familiar e individual, tuvo un momento optimista, mientras se ejecutaban los acuerdos a lo largo de 1992 y 1993.
Las expresiones formales de cambios institucionales en el aparato del Estado fueron:
Estas instituciones, dos temporales (COPAZ y FCES) y seis permanentes, fueron obstaculizadas, saboteadas y desgastadas solo implementándolas de forma para que la ONU diera fe de cumplimiento en esa parte de los Acuerdos. En realidad su esencia y contenido fue desviado y mal ejecutado con intención que no cambiara lo esencial de la estructura económica y del poder real oligárquico en el país.
Mientras tanto la Comisión de la Verdad, cuya existencia y autoridad derivó del acuerdo firmado en Ciudad de México el 27 de abril de 1991, inició su trabajo con mandato de “…investigación de graves hechos de violencia ocurridos desde 1980,…”, y “esclarecer y superar todo señalamiento de impunidad de oficiales de la fuerza armada”… “hechos de esa naturaleza, independientemente del sector al que pertenecieron sus autores, deben ser objeto de la actuación ejemplarizante de los tribunales de justicia, a fin de que se aplique a quienes resulten responsables, las sanciones contempladas en la ley”.[4]
La Comisión de la Verdad en tres meses recibió y registró “más de 22 000 denuncias de graves hechos de violencia entre enero de 1980 a julio de 1991” que “no representan la totalidad de los hechos de violencia[5]”; 7 000 casos fueron denuncias directas de víctimas y el resto indirectas hechas por instituciones gubernamentales y no gubernamentales.
Entre los delitos investigados y descritos en el Informe “De la locura a la Esperanza” del 15 de marzo de 1993 se describieron “patrones de violencia” de casos sobre:
a) asesinato, b) exterminio, c) encarcelamiento u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional, d) tortura, e) violación, f) persecución de un grupo o colectividad con identidad propia, g) desaparición forzada de personas.
Cinco días después de publicarse el Informe de la Comisión de la Verdad, el 20 de marzo de 1993, la Asamblea legislativa aprobó la “Ley de amnistía general para la consolidación de la paz”. Esta concedió amnistía amplia, absoluta e incondicional a favor de todas las personas que en cualquier forma hayan participado en la comisión de delitos políticos, comunes conexos con éstos.
La sociedad salvadoreña nunca tuvo acceso real al informe, pues la ley de amnistía fue un manto encubridor y silenciador que impidió su difusión nacional e internacional.
Esta acción negó derechos a las víctimas de delitos de “lesa humanidad”, un golpe sustancial a la posibilidad de un verdadero proceso para superar la impunidad, una de las causas del conflicto armado. Los partidos políticos aliados a la derechista Arena, el poder militar y el poder económico oligárquico, se alinearon y golpearon gravemente el esfuerzo inicial para superar efectos post conflicto.
La Ley de Amnistía estuvo vigente 23 años hasta que el 13 de julio de 2016 la Sala de lo Constitucional emitió sentencia y resolución, declarando inconstitucional dicha ley[6], y mandató al Estado salvadoreño que emitiera una Ley de Reparación a favor de las víctimas del conflicto armado. Han transcurrido más de 6 años y aún el Estado NO ha aprobado una ley de Justicia Transicional.
El presidente Bukele, por el contrario, ha fortalecido en armas y efectivos a la fuerza armada[7], dándole un papel activo, en la vida política, jurídica y seguridad ciudadana[8] a pesar de ser la institución señalada en el Informe de la Comisión de la Verdad, con 60% de delitos de lesa humanidad[9].
Ilustración: Rolando González
4. Las debilidades y sus consecuencias.
Desde el punto de vista y realidad de las víctimas y sobrevivientes del conflicto armado, el Estado y la sociedad solo vieron cumplido el objetivo 1) Terminar el conflicto armado por la vía política. 2) Impulsar la democratización del país, pendiente de cumplimiento pues no basta elecciones cada 3 o 5 años, las autoridades electas no han garantizado el Estado favorable a la población. 3) Garantizar el irrestricto respeto a los derechos humanos pendiente de cumplimiento; no se ha hecho justicia a víctimas de violaciones de Derechos Humanos del conflicto armado; no se ha garantizado el derecho a la vida, salud, educación, el trabajo, derechos económicos de la población. 4) Reunificar a la sociedad salvadoreña, pendiente de cumplimiento; no hay una visión e idea consensuada y compartida del país que queremos, sectores con gran poder económico, no han permitido mejora de sectores pobres y vulnerables.
5. El proceso de destrucción del hecho histórico.
Desde el 2019 el actual gobierno ha intentado borrar toda alusión y discurso sobre los cambios y la nueva visión civil y ciudadana producidos en las políticas públicas desde los Acuerdos de paz de 1992. Ha desmontado la escasa información en el sistema educativo formal y desde el sistema oficial de medios y plataformas de comunicación (y el paralelo no reconocido), desarrolla permanente desinformación.
Esa política desinformativa también ha sido implementada en el tema de superación de la impunidad, desmontando las escasas instancias y medidas de reparación económica a víctimas, creadas en la última década.
Ahora que el presidente Nayib Bukele maneja y controla los 3 órganos de Estado no ha generado condiciones, ni la institucionalidad o políticas públicas para aprobar una “Ley de Justicia Transicional” que ponga al centro a las víctimas del conflicto armado y corrija la deuda histórica del Estado y la sociedad con este sector invisibilizado en 31 años.
6. El desafío para las víctimas y la sociedad.
El 24 de enero de 2022, el Fiscal general mencionó ante la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa que “hay 21 casos en judicialización, en investigación y en total 213 casos que están denunciados en la Fiscalía general de la república”[10]. A casi un año de esta declaración no se tiene conocimiento del avance de la Fiscalía en investigar realmente un solo caso.
Las víctimas seguiremos con dignidad y en lucha desigual, demandando del aparato del Estado que asegure un proceso de Reparación integral a partir de adoptar la propuesta de Ley de Justicia Transicional, elaborada por organizaciones de víctimas y de derechos humanos, presentada el 7 de octubre de 2021 a la Asamblea legislativa: una ley que permita conocer la Verdad de los hechos, la aplicación de Justicia, y medidas efectivas que eviten la Repetición de la impunidad en la que ya hemos vuelto a caer como sociedad.
Nuestra propuesta de ley se enfoca en la construcción de institucionalidad necesaria del Estado, la participación activa de las víctimas que conocemos el problema, los mecanismos que garanticen financiamiento necesario para cumplir las demandas esenciales de las víctimas: verdad, justicia, reparación integral y medidas de no repetición.
La voluntad y dignidad de las/os sobrevivientes y víctimas se mantiene, a pesar de grandes dificultades y fallecimientos cada año por la avanzada edad, hasta que la deuda generada en 1993 sea reconocida, corregida e implementada.
Sin una real y sostenida superación de la impunidad heredada del conflicto armado no será posible superar la impunidad de 31 años post conflicto, ahora con nuevas víctimas desde el año 2021 al presente.
El 16 de enero, es una fecha propicia para conmemorar y reconocer el dolor y sacrificio de las víctimas del conflicto armado, que aportaron a la sociedad, una cuota dolorosa para transformarla.
* Sobreviviente y víctima de tortura, ex preso político en el conflicto armado.
Referencias:
[1] http://www.pnud.org.sv/2007/content/view/56/102/
[2] Benítez Manaut, Raúl. 1992. «La ONU y el proceso de paz en El Salvador: 1990-1992». Revista Mexicana De Política Exterior, n.º 34 (marzo):35-52. https://revistadigital.sre.gob.mx/index.php/rmpe/article/view/1656
[3] Montes, Segundo. 1987. “El Salvador, 1987: salvadoreños refugiados en Estados Unidos”. UCA. https://coleccion.uca.edu.sv/files/original/3be33284520ee8b77ca56385c4d17b176f390eac.pdfec ullamcorper mattis, pulvinar dapibus leo.
[4] Artículo 5, capítulo I Fuerza Armada, de los Acuerdos de Paz.
[5] De la locura a la esperanza. Informe de la Comisión de la Verdad. 1993. p.41, IV. Casos y patrones de violencia.
[6] https://www.jurisprudencia.gob.sv/VisorMLX/PDF/44-2013AC.PDF
[9] De la locura a la esperanza. Informe de la Comisión de la Verdad. 1993. p.41, IV. Casos y patrones de violencia.
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